Inscripción de Comerciante Individual
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE, adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
- Acta Notarial de Declaración Jurada donde manifiesten tal situación jurídica, según el formato puesto a disposición por el RGAE, autorizada por notario guatemalteco, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente. En caso de ser extranjero deberá estar domiciliado en la República de Guatemala.
- Estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala; para el efecto, adjuntar copia simple de cada una de las patentes de comercio de las empresas de su propiedad.
- No tener obligaciones tributarias formales pendientes de cumplimiento o saldos líquidos exigidles pendientes de pago ante la Administración Tributaria; adjuntar solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Arancel: Q 200.00
Formatos Descargables
Inscripción y Precalificación Comerciante Individual
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE, adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
Inscripción
- Acta Notarial de Declaración Jurada donde manifiesten tal situación jurídica, según el formato puesto a disposición por el RGAE, autorizada por notario guatemalteco, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente. En caso de ser extranjero deberá estar domiciliado en la República de Guatemala.
- Estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala; para el efecto, adjuntar copia simple de cada una de las patentes de comercio de las empresas de su propiedad.
- No tener obligaciones tributarias formales pendientes de cumplimiento o saldos líquidos exigidles pendientes de pago ante la Administración Tributaria; adjuntar solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Precalificación
- Balance general o estado de situación financiera del último año, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o propietario.
- Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre el activo corriente y el pasivo corriente) debidamente firmada por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
- Copia simple de la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta presentada ante la Superintendencia de Administración Tributaria, y copias simples de las rectificaciones a dicha declaración jurada (si las hubiere) debidamente firmadas por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o el propietario.
- El proveedor podrá presentar de forma opcional, constancias de líneas de crédito previamente autorizadas y disponibles, extendidas por las instituciones bancarias autorizadas por la Superintendencia de Bancos, emitidas en un plazo no mayor de treinta (30) días .
- Información sobre la producción anual de los últimos cinco (5) años, con base en los contratos ejecutados a nivel nacional o internacional con entidades del sector público o privado, adjuntando los contratos y finiquitos y/o actas de recepción respectivos, o en su defecto, documentos contables que respalden el cumplimiento contractual.
- Cuando la persona jurídica solicitante haya participado en asociación o consorcio, deberá demostrar el monto de participación en dichos contratos, debiendo estar directamente relacionados con las especialidades para las que solicita la precalificación.
- Para el caso de los proveedores de bienes suministros y servicios, que lo sean en virtud de contrato abierto establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, deberán acreditar los documentos que comprueben los montos relacionados a los bienes, suministros o servicios de que se trate, efectivamente provistos.
- Los contratos que hubieren sido presentados por un solicitante para obtener la precalificación, una vez verificados y evaluados por el RGAE para el acreditamiento de especialidades, no podrán ser utilizados por otro solicitante en un nuevo proceso de precalificación, salvo en el caso de asociación o consorcios.
- En caso de que la documentación para el acreditamiento de la especialidad no esté a nombre del solicitante y que la especialidad haya sido obtenida por enajenación de una empresa mercantil; el RGAE dejará evidencia de su procedencia. Para tales efectos, las constancias emitidas por el RGAE contendrán el Número de Identificación Tributaria y la información que corresponda, de las personas individuales o jurídicas cuya documentación haya servido de base para la acreditación de especialidades.
- Copia simple del testimonio de la escritura pública o certificación del Registro General de la Propiedad, que acredite propiedad o posesión de los bienes inmuebles en donde se lleven a cabo las operaciones comerciales o copia simple del contrato de arrendamiento vigente, cuando corresponda.
Empresas de reciente constitución o con menos de un (1) año de ser constituidas
Las entidades mercantiles con menos de un (1) año de haber sido constituidas, que no puedan cumplir con la entrega de los documentos requeridos de los numerales 1 y 2, podrán solicitar la precalificación la cual tendrá vigencia de un (1) año a partir de la fecha de emisión de la resolución y la constancia respectiva. Cuando este sea el caso, la documentación requerida es la siguiente:
- Balance general de apertura, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o el propietario.
- Adjuntar la declaración simple generada por el sistema RGAE, donde se manifiesta que, por ser entidad de reciente constitución, no cuenta con la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta -ISR-.
- Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre activo corriente y pasivo corriente) debidamente firmada por contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
Arancel: Q 400.00
Formatos Descargables
Precalificación de Comerciante Individual
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE, adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
Precalificación
- Balance general o estado de situación financiera del último año, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o propietario.
- Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre el activo corriente y el pasivo corriente) debidamente firmada por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
- Copia simple de la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta presentada ante la Superintendencia de Administración Tributaria, y copias simples de las rectificaciones a dicha declaración jurada (si las hubiere) debidamente firmadas por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o el propietario.
- El proveedor podrá presentar de forma opcional, constancias de líneas de crédito previamente autorizadas y disponibles, extendidas por las instituciones bancarias autorizadas por la Superintendencia de Bancos, emitidas en un plazo no mayor de treinta (30) días .
- Información sobre la producción anual de los últimos cinco (5) años, con base en los contratos ejecutados a nivel nacional o internacional con entidades del sector público o privado, adjuntando los contratos y finiquitos y/o actas de recepción respectivos, o en su defecto, documentos contables que respalden el cumplimiento contractual.
- Cuando la persona jurídica solicitante haya participado en asociación o consorcio, deberá demostrar el monto de participación en dichos contratos, debiendo estar directamente relacionados con las especialidades para las que solicita la precalificación.
- Para el caso de los proveedores de bienes suministros y servicios, que lo sean en virtud de contrato abierto establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, deberán acreditar los documentos que comprueben los montos relacionados a los bienes, suministros o servicios de que se trate, efectivamente provistos.
- Los contratos que hubieren sido presentados por un solicitante para obtener la precalificación, una vez verificados y evaluados por el RGAE para el acreditamiento de especialidades, no podrán ser utilizados por otro solicitante en un nuevo proceso de precalificación, salvo en el caso de asociación o consorcios.
- En caso de que la documentación para el acreditamiento de la especialidad no esté a nombre del solicitante y que la especialidad haya sido obtenida por enajenación de una empresa mercantil; el RGAE dejará evidencia de su procedencia. Para tales efectos, las constancias emitidas por el RGAE contendrán el Número de Identificación Tributaria y la información que corresponda, de las personas individuales o jurídicas cuya documentación haya servido de base para la acreditación de especialidades.
- Copia simple del testimonio de la escritura pública o certificación del Registro General de la Propiedad, que acredite propiedad o posesión de los bienes inmuebles en donde se lleven a cabo las operaciones comerciales o copia simple del contrato de arrendamiento vigente, cuando corresponda.
Empresas de reciente constitución o con menos de un (1) año de ser constituidas
Las entidades mercantiles con menos de un (1) año de haber sido constituidas, que no puedan cumplir con la entrega de los documentos requeridos de los numerales 1 y 2, podrán solicitar la precalificación la cual tendrá vigencia de un (1) año a partir de la fecha de emisión de la resolución y la constancia respectiva. Cuando este sea el caso, la documentación requerida es la siguiente:
- Balance general de apertura, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o el propietario.
- Adjuntar la declaración simple generada por el sistema RGAE, donde se manifiesta que, por ser entidad de reciente constitución, no cuenta con la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta -ISR-.
- Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre activo corriente y pasivo corriente) debidamente firmada por contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
* En el caso que el usuario no solicite la inscripción y precalificación en el mismo acto, estará obligado a presentar en el momento en que realiza la solicitud de precalificación, nueva declaración jurada conforme al formato que ponga a disposición el RGAE en la plataforma electrónica, de acuerdo a lo establecido en el Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Arancel: Q 200.00
Formatos Descargables
Actualización de Inscripción de Comerciante Individual
Requisitos
Ratificar o rectificar la información de inscripción en el formulario electrónico, en el Sistema RGAE y completar los siguientes requisitos:
- Acta Notarial de Declaración Jurada donde manifiesten tal situación jurídica, según el formato puesto a disposición por el RGAE, autorizada por notario guatemalteco, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente. En caso de ser extranjero deberá estar domiciliado en la República de Guatemala.
- Estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala; para el efecto, adjuntar copia simple de cada una de las patentes de comercio de las empresas de su propiedad.
- No tener obligaciones tributarias formales pendientes de cumplimiento o saldos líquidos exigidles pendientes de pago ante la Administración Tributaria; adjuntar solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Arancel: Q150.00
Formatos Descargables
Actualización de Inscripción de Comerciante Individual para Habilitación Administrativa
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y cumplir con los requisitos siguientes:
- Acta notarial de declaración jurada que pondrá a disposición el RGAE
- Certificación de Defunción del causante
- Certificación de Acta discernimiento de cargo de administrador (a) de la mortual (Judicial o Extrajudicial)
- Copia simple de Documento Personal de Identificación de (la) administrador (a) de la mortual.
Arancel: Q 150.00
Formatos Descargables
Guías
Modificación de Precalificación Comerciante Individual Proveedor de Bienes, Suministros y Servicios
Requisitos
Completar el formulario electrónico, en el Sistema RGAE
Es el procedimiento de modificación de asiento registral, que realiza el RGAE a solicitud de los inscritos, por el cual se realiza la reevaluación de una precalificación vigente debido al cambio en uno o varios de los aspectos que la conforman. La modificación se podrá solicitar en cualquier momento.
Arancel : Q150.00
Guías
Liberación de Saldos
Requisitos
Completar el formulario electrónico, en el sistema RGAE
Videotutorial
Constancia Adicional de Inscripción o Precalificación de Comerciante Individual
Requisitos
Realizar solicitud en el sistema RGAE.
Empresa Mercantil en Copropiedad
Para conocer más información sobre Empresa Mercantil en Copropiedad y formatos de descarga, clic en el siguiente enlace : https://www.rgae.gob.gt/sociedad-2/
Inscripción de Comerciante Individual
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE, adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
- Acta Notarial de Declaración Jurada donde manifiesten tal situación jurídica, según el formato puesto a disposición por el RGAE, autorizada por notario guatemalteco, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente. En caso de ser extranjero deberá estar domiciliado en la República de Guatemala.
- Estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala; para el efecto, adjuntar copia simple de cada una de las patentes de comercio de las empresas de su propiedad.
- No tener obligaciones tributarias formales pendientes de cumplimiento o saldos líquidos exigidles pendientes de pago ante la Administración Tributaria; adjuntar solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Arancel: Q 200.00
Formatos Descargables
Inscripción y Precalificación Comerciante Individual
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE, adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
Inscripción
- Acta Notarial de Declaración Jurada donde manifiesten tal situación jurídica, según el formato puesto a disposición por el RGAE, autorizada por notario guatemalteco, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente. En caso de ser extranjero deberá estar domiciliado en la República de Guatemala.
- Estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala; para el efecto, adjuntar copia simple de cada una de las patentes de comercio de las empresas de su propiedad.
- No tener obligaciones tributarias formales pendientes de cumplimiento o saldos líquidos exigidles pendientes de pago ante la Administración Tributaria; adjuntar solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Precalificación
- Balance general o estado de situación financiera del último año, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o propietario.
- Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre el activo corriente y el pasivo corriente) debidamente firmada por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
- Copia simple de la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta presentada ante la Superintendencia de Administración Tributaria, y copias simples de las rectificaciones a dicha declaración jurada (si las hubiere) debidamente firmadas por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o el propietario.
- El proveedor podrá presentar de forma opcional, constancias de líneas de crédito previamente autorizadas y disponibles, extendidas por las instituciones bancarias autorizadas por la Superintendencia de Bancos, emitidas en un plazo no mayor de treinta (30) días .
- Información sobre la producción anual de los últimos cinco (5) años, con base en los contratos ejecutados a nivel nacional o internacional con entidades del sector público o privado, adjuntando los contratos y finiquitos y/o actas de recepción respectivos, o en su defecto, documentos contables que respalden el cumplimiento contractual.
- Cuando la persona jurídica solicitante haya participado en asociación o consorcio, deberá demostrar el monto de participación en dichos contratos, debiendo estar directamente relacionados con las especialidades para las que solicita la precalificación.
- Para el caso de los proveedores de bienes suministros y servicios, que lo sean en virtud de contrato abierto establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, deberán acreditar los documentos que comprueben los montos relacionados a los bienes, suministros o servicios de que se trate, efectivamente provistos.
- Los contratos que hubieren sido presentados por un solicitante para obtener la precalificación, una vez verificados y evaluados por el RGAE para el acreditamiento de especialidades, no podrán ser utilizados por otro solicitante en un nuevo proceso de precalificación, salvo en el caso de asociación o consorcios.
- En caso de que la documentación para el acreditamiento de la especialidad no esté a nombre del solicitante y que la especialidad haya sido obtenida por enajenación de una empresa mercantil; el RGAE dejará evidencia de su procedencia. Para tales efectos, las constancias emitidas por el RGAE contendrán el Número de Identificación Tributaria y la información que corresponda, de las personas individuales o jurídicas cuya documentación haya servido de base para la acreditación de especialidades.
- Copia simple del testimonio de la escritura pública o certificación del Registro General de la Propiedad, que acredite propiedad o posesión de los bienes inmuebles en donde se lleven a cabo las operaciones comerciales o copia simple del contrato de arrendamiento vigente, cuando corresponda.
Empresas de reciente constitución o con menos de un (1) año de ser constituidas
Las entidades mercantiles con menos de un (1) año de haber sido constituidas, que no puedan cumplir con la entrega de los documentos requeridos de los numerales 1 y 2, podrán solicitar la precalificación la cual tendrá vigencia de un (1) año a partir de la fecha de emisión de la resolución y la constancia respectiva. Cuando este sea el caso, la documentación requerida es la siguiente:
- Balance general de apertura, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o el propietario; y adjuntar la declaración simple generada por el sistema RGAE, donde se manifiesta que, por ser entidad de reciente constitución, no cuenta con la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta -ISR-.
- Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre activo corriente y pasivo corriente) debidamente firmada por contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
Arancel: Q 1,000.00
Formatos Descargables
Precalificación de Comerciante Individual
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE, adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
- Balance general o estado de situación financiera del último año, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o propietario.
- Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre el activo corriente y el pasivo corriente) debidamente firmada por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
- Copia simple de la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta presentada ante la Superintendencia de Administración Tributaria, y copias simples de las rectificaciones a dicha declaración jurada (si las hubiere) debidamente firmadas por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o el propietario.
- El proveedor podrá presentar de forma opcional, constancias de líneas de crédito previamente autorizadas y disponibles, extendidas por las instituciones bancarias autorizadas por la Superintendencia de Bancos, emitidas en un plazo no mayor de treinta (30) días .
- Información sobre la producción anual de los últimos cinco (5) años, con base en los contratos ejecutados a nivel nacional o internacional con entidades del sector público o privado, adjuntando los contratos y finiquitos y/o actas de recepción respectivos, o en su defecto, documentos contables que respalden el cumplimiento contractual.
- Cuando la persona jurídica solicitante haya participado en asociación o consorcio, deberá demostrar el monto de participación en dichos contratos, debiendo estar directamente relacionados con las especialidades para las que solicita la precalificación.
- Para el caso de los proveedores de bienes suministros y servicios, que lo sean en virtud de contrato abierto establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, deberán acreditar los documentos que comprueben los montos relacionados a los bienes, suministros o servicios de que se trate, efectivamente provistos.
- Los contratos que hubieren sido presentados por un solicitante para obtener la precalificación, una vez verificados y evaluados por el RGAE para el acreditamiento de especialidades, no podrán ser utilizados por otro solicitante en un nuevo proceso de precalificación, salvo en el caso de asociación o consorcios.
- En caso de que la documentación para el acreditamiento de la especialidad no esté a nombre del solicitante y que la especialidad haya sido obtenida por enajenación de una empresa mercantil; el RGAE dejará evidencia de su procedencia. Para tales efectos, las constancias emitidas por el RGAE contendrán el Número de Identificación Tributaria y la información que corresponda, de las personas individuales o jurídicas cuya documentación haya servido de base para la acreditación de especialidades.
- Copia simple del testimonio de la escritura pública o certificación del Registro General de la Propiedad, que acredite propiedad o posesión de los bienes inmuebles en donde se lleven a cabo las operaciones comerciales o copia simple del contrato de arrendamiento vigente, cuando corresponda.
Empresas de reciente constitución o con menos de un (1) año de ser constituidas
Las entidades mercantiles con menos de un (1) año de haber sido constituidas, que no puedan cumplir con la entrega de los documentos requeridos de los numerales 1 y 2, podrán solicitar la precalificación la cual tendrá vigencia de un (1) año a partir de la fecha de emisión de la resolución y la constancia respectiva. Cuando este sea el caso, la documentación requerida es la siguiente:
- Balance general de apertura, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o el propietario.
- Adjuntar la declaración simple generada por el sistema RGAE, donde se manifiesta que, por ser entidad de reciente constitución, no cuenta con la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta -ISR-.
- Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre activo corriente y pasivo corriente) debidamente firmada por contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
* En el caso que el usuario no solicite la inscripción y precalificación en el mismo acto, estará obligado a presentar en el momento en que realiza la solicitud de precalificación, nueva declaración jurada conforme al formato que ponga a disposición el RGAE en la plataforma electrónica, de acuerdo a lo establecido en el Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Arancel: Q 800.00
Formatos Descargables
Actualización de Inscripción de Comerciante Individual
Requisitos
Ratificar o rectificar la información de inscripción en el formulario electrónico, en el Sistema RGAE y completar los siguientes requisito:
- Acta Notarial de Declaración Jurada donde manifiesten tal situación jurídica, según el formato puesto a disposición por el RGAE, autorizada por notario guatemalteco, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente. En caso de ser extranjero deberá estar domiciliado en la República de Guatemala.
- Estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala; para el efecto, adjuntar copia simple de cada una de las patentes de comercio de las empresas de su propiedad.
- No tener obligaciones tributarias formales pendientes de cumplimiento o saldos líquidos exigidles pendientes de pago ante la Administración Tributaria; adjuntar solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Arancel: Q150.00
Formatos Descargables
Actualización de Inscripción de Comerciante Individual para Habilitación Administrativa
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y cumplir con los requisitos siguientes:
Formatos Descargables
Guías
Modificación de Precalificación Comerciante Individual Proveedor de Bienes, Suministros y Servicios
Requisitos
Completar el formulario electrónico, en el sistema RGAE
Liberación de Saldos
Requisitos
Completar el formulario electrónico, en el sistema RGAE
Videotutorial
Constancia Adicional de Inscripción o Precalificación de Comerciante Individual
Requisitos
Realizar solicitud en el sistema RGAE.
Empresa Mercantil en Copropiedad
Para conocer más información sobre Empresa Mercantil en Copropiedad y formatos de descarga, clic en el siguiente enlace: https://www.rgae.gob.gt/sociedad-2/
Inscripción de Comerciante Individual
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
- Acta Notarial de Declaración Jurada donde manifiesten tal situación jurídica, según el formato puesto a disposición por el RGAE, autorizada por notario guatemalteco, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente. En caso de ser extranjero deberá estar domiciliado en la República de Guatemala.
- Estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala; para el efecto, adjuntar copia simple de cada una de las patentes de comercio de las empresas de su propiedad.
- No tener obligaciones tributarias formales pendientes de cumplimiento o saldos líquidos exigidles pendientes de pago ante la Administración Tributaria; adjuntar solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Arancel: Q 200.00
Formatos Descargables
Inscripción y Precalificación Comerciante Individual Firmas Consultoras
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE, adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
Inscripción
- Acta Notarial de Declaración Jurada donde manifiesten tal situación jurídica, según el formato puesto a disposición por el RGAE, autorizada por notario guatemalteco, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente. En caso de ser extranjero deberá estar domiciliado en la República de Guatemala.
- Estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala; para el efecto, adjuntar copia simple de cada una de las patentes de comercio de las empresas de su propiedad.
- No tener obligaciones tributarias formales pendientes de cumplimiento o saldos líquidos exigidles pendientes de pago ante la Administración Tributaria; adjuntar solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Precalificación
b) Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre activo corriente y pasivo corriente) debidamente firmada por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o el propietario.
c) Adjuntar copia simple de la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta presentada ante la Superintendencia de Administración Tributaria, y copias de las rectificaciones a dicha declaración jurada (si las hubiere), cada hoja de los documentos debidamente firmadas por contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o el propietario, con base al artículo 6 literal c) del Acuerdo Ministerial No. 365-2022.
d) Información sobre la producción anual de los últimos cinco (5) años, con base en los contratos ejecutados a nivel nacional o internacional con entidades del sector público o privado, adjuntando los contratos y finiquitos y/o actas de recepción respectivos, o en su defecto, documentos contables que respalden el cumplimiento contractual de las obligaciones.
Cuando la persona jurídica solicitante haya participado en asociación o consorcio, deberá demostrar el monto de participación en dichos contratos, debiendo estar directamente relacionados con las especialidades para las que solicita la precalificación.
Los contratos que hubieren sido presentados por un solicitante para obtener la precalificación, una vez verificados y evaluados por el RGAE para la acreditación de especialidades, no podrán ser utilizados por otro solicitante en un nuevo proceso de precalificación, salvo en el caso de asociación o consorcios.
En caso de que la documentación para la acreditación de la especialidad no esté a nombre del solicitante y que la especialidad haya sido obtenida por enajenación de una empresa mercantil; el RGAE dejará evidencia de su procedencia. Para tales efectos, en las constancias emitidas por el RGAE se consignará el Número de Identificación Tributaria y la información que corresponda, de las personas individuales o jurídicas cuya documentación haya servido de base para la acreditación de especialidades.
e) El proveedor podrá presentar de forma opcional, constancias de líneas de crédito previamente autorizadas y disponibles, extendidas por las instituciones bancarias autorizadas por la Superintendencia de Bancos, emitidas en un plazo no mayor de treinta (30) días.
f) Copia simple del testimonio de la escritura pública o certificación del Registro General de la Propiedad, que acredite propiedad o posesión de los bienes inmuebles en donde se lleven a cabo las operaciones comerciales o copia simple del contrato de arrendamiento vigente, cuando corresponda.
Empresas de Reciente Constitución o con menos de un (1) año de ser constituidas
Las entidades mercantiles con menos de un (1) año de haber sido constituidas, que no puedan cumplir con la entrega de los documentos requeridos en las literales a) y c) del presente artículo, podrán solicitar la precalificación la cual tendrá vigencia de un (1) año a partir de la fecha de emisión de la resolución y al constancia respectiva. Cuando este sea el caso, la documentación requerida es la siguiente:
I. Balance General de Apertura, debidamente certificado por Contador Público y Auditor o Perito Contador, firmado por el representante legal de la entidad o propietario; y adjuntar la declaración simple generada por el sistema RAGE, donde se manifiesta que , por ser entidad de reciente constitución, no cuenta con la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta -ISR-.
II. Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre activo corriente y pasivo corriente) debidamente firmada por contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
Arancel: Q 300.00
Formatos Descargables
Actualización y Precalificación de Firma Consultora Comerciante Individual
Requisitos
Completar el formulario electrónico, en el sistema RGAE.
Formatos Descargables
Precalificación Firmas Consultoras
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE, adjuntar en forma legible y en formato PDF la documentación que a continuación se detalla:
Para la evaluación de la capacidad financiera y técnica, la entidad solicitante deberá cumplimentar el formulario electrónico correspondiente, adjuntando en forma legible y en Formato de Documento Portátil los documentos siguientes:
a) Balance general o estado de situación financiera del último año, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o el propietario.
b) Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre activo corriente y pasivo corriente) debidamente firmada por el contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o el propietario.
c) Adjuntar copia simple de la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta presentada ante la Superintendencia de Administración Tributaria, y copias de las rectificaciones a dicha declaración jurada (si las hubiere), cada hoja de los documentos debidamente firmadas por contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o el propietario, con base al artículo 6 literal c) del Acuerdo Ministerial No. 365-2022.
d) Información sobre la producción anual de los últimos cinco (5) años, con base en los contratos ejecutados a nivel nacional o internacional con entidades del sector público o privado, adjuntando los contratos y finiquitos y/o actas de recepción respectivos, o en su defecto, documentos contables que respalden el cumplimiento contractual de las obligaciones.
Cuando la persona jurídica solicitante haya participado en asociación o consorcio, deberá demostrar el monto de participación en dichos contratos, debiendo estar directamente relacionados con las especialidades para las que solicita la precalificación.
Los contratos que hubieren sido presentados por un solicitante para obtener la precalificación, una vez verificados y evaluados por el RGAE para la acreditación de especialidades, no podrán ser utilizados por otro solicitante en un nuevo proceso de precalificación, salvo en el caso de asociación o consorcios.
En caso de que la documentación para la acreditación de la especialidad no esté a nombre del solicitante y que la especialidad haya sido obtenida por enajenación de una empresa mercantil; el RGAE dejará evidencia de su procedencia. Para tales efectos, en las constancias emitidas por el RGAE se consignará el Número de Identificación Tributaria y la información que corresponda, de las personas individuales o jurídicas cuya documentación haya servido de base para la acreditación de especialidades.
e) El proveedor podrá presentar de forma opcional, constancias de líneas de crédito previamente autorizadas y disponibles, extendidas por las instituciones bancarias autorizadas por la Superintendencia de Bancos, emitidas en un plazo no mayor de treinta (30) días.
f) Copia simple del testimonio de la escritura pública o certificación del Registro General de la Propiedad, que acredite propiedad o posesión de los bienes inmuebles en donde se lleven a cabo las operaciones comerciales o copia simple del contrato de arrendamiento vigente, cuando corresponda.
Empresas de Reciente Constitución o con menos de un (1) año de ser constituidas
Las entidades mercantiles con menos de un (1) año de haber sido constituidas, que no puedan cumplir con la entrega de los documentos requeridos en las literales a) y b) del presente artículo, podrán solicitar una precalificación, la cual tendrá vigencia de un (1) año a partir de la fecha de emisión de la resolución y la constancia respectiva. Cuando este sea el caso, la documentación requerida es la siguiente:
I. Balance General de Apertura, debidamente certificado por contador público y auditor o perito contador, firmado por el representante legal de la entidad o propietario; y adjuntar la declaración simple generada por el sistema RGAE, donde se manifiesta que, por ser entidad de reciente constitución, no cuenta con la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta -ISR-.
II. Certificación de la integración del capital de trabajo neto (diferencia entre activo corriente y pasivo corriente) debidamente firmada por contador público y auditor o perito contador y por el representante legal de la entidad o propietario.
En el caso que el usuario no solicite la inscripción y precalificación en el mismo acto, estará obligado a presentar en el momento en que realiza la solicitud de precalificación, nueva declaración jurada conforme al formato que ponga a disposición el RGAE en la plataforma electrónica, de acuerdo a lo establecido en el Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, emitida en un plazo no mayor de treinta (30) días a la fecha en que presente su solicitud.
Arancel: Q 100.00
Formatos Descargables
Actualización de Inscripción de Comerciante Individual
Requisitos
Ratificar o rectificar la información de inscripción en el formulario electrónico, en el sistema RGAE y completar los siguientes requisitos:
Arancel: Q150.00
Formatos Descargables
Actualización de Inscripción de Comerciante Individual para Habilitación Administrativa
Requisitos
Cumplimentar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y cumplir con los requisitos siguientes:
Formatos Descargables
Guías
Modificación de Precalificación Comerciante Individual Proveedor de Bienes, Suministros y Servicios
Requisitos
Completar el formulario electrónico, en el sistema RGAE.
Liberación de Saldos
Requisitos
Completar el formulario electrónico, en el sistema RGAE.
Videotutorial
Constancia Adicional de Inscripción o Precalificación de Comerciante Individual
Requisitos
Realizar solicitud en el sistema RGAE.
Empresa Mercantil en Copropiedad
Para conocer más información sobre Empresa Mercantil en Copropiedad y formatos de descarga, clic en el siguiente enlace: https://www.rgae.gob.gt/sociedad-2/